Sentencia Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contra Conservas Selectas de Galicia

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Sentencia Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contra Conservas Selectas de Galicia por reclamación de antiguedad de las trabajadoras en la empresa desde;
1997, 2001, 1998, 1994 y 1999. La antigüedad que tenían reconocida era desde 2012.

Como consecuencia de ello se solicita que se les aplique el plus de antigüedad desde la fecha real de incorporación en la empresa.

Por otro lado, el convenio colectivo del año 2012 sólo reconocía el complemento de antigüedad a los trabajadores que se hayan incorporado a
la empresa con anterioridad al 1 de enero de 1994.

Se solicita la nulidad de ese artículo por contravenir el principio de igualdad.

Se solicita, por tanto, tres cuestiones:

1. Reconocimiento de la antigüedad real en la empresa.

2. Nulidad del artículo 20 del convenio por vulnerar el principio de igualdad consagrado en la constitución.

3. Aplicación del complemento de antigüedad a las trabajadoras desde su incorporación a la empresa sin la limitación prevista en el artículo 20
del convenio colectivo, por ser nula por discriminatoria.

El Juzgado de lo Social nº 3 de Pontevedra dio la razón a las trabajadoras.

La empresa recurrió en suplicación ante el TSJ, que, en sentencia de 25 de abril de 2018 vuelve a dar la razón a las trabajadoras “Desestimando
el recurso de suplicación articulado por la empresa Conservas Selectas de Galicia, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de
Pontevedra, de fecha 1 de septiembre de 2017”, imponiendo las costas a la empresa.

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